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Puigverd Assessors explica el nuevo Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de incentivos para la contratación laboral

Esta medida normativa ha sido aprobada por el Consejo de Ministros, sin embargo, no entrará en vigor hasta el próximo día 1 de septiembre de este mismo año. Según Puigverd Assessors, el Real Decreto Ley tiene como finalidad estimular una reorientación importante en las políticas para fomentar el empleo.

En cuanto al contenido de la regulación de incentivos, los objetivos generales de la norma, en el marco de las políticas activas de empleo, son promocionar la contratación de las personas desempleadas, especialmente las más vulnerables, contribuir a la creación, el mantenimiento y la mejora de la calidad del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas, así como fomentar el trabajo autónomo y la creación de empleo en el ámbito de la economía social.

En el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Componente 23 ‘Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo’, encuadrado en el área política VIII ‘Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo’, tiene como objetivo impulsar la reforma del mercado laboral español para adecuarlo a la realidad y necesidades actuales.

Según el equipo de profesionales de Puigverd Assessors, esto permite corregir las debilidades estructurales, con el fin de reducir el desempleo estructural y el paro juvenil, corregir la dualidad, mejorar el capital humano, modernizar la negociación colectiva y aumentar la eficiencia de las políticas públicas de empleo. Consiguiendo un impulso a las políticas activas de empleo, que se orientarán a la capacitación de los trabajadores en las áreas que piden las transformaciones que requiere la economía.

Objetivos Específicos de la norma
Tal y como describe la normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 9, de 11/01/2023, los objetivos específicos que busca alcanzar este Real Decreto Ley son los siguientes:

  • El impulso prioritario de la contratación y el mantenimiento del empleo estable y de calidad de las personas y colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad.
  • Excepcionalmente, estas medidas pueden tener por objeto la contratación temporal y siempre limitada a incentivar el tráfico de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos, así como la contratación temporal directamente vinculada a la conciliación.
  • La garantía del principio de igualdad y no discriminación en la regulación y aplicación de las medidas de fomento del empleo y la contratación.
  • El impulso de la mejora de la calidad de la ocupación del conjunto de personas trabajadoras.
  • El fomento de la contratación de personas con discapacidad, priorizando a aquellas con más dificultades y, en general, el tráfico en el empleo ordinario.
  • El impulso de la creación neta de empleo y el mantenimiento.
  • El fomento del trabajo autónomo y de la economía social como eficaz instrumento de generación de trabajo estable y de calidad.
  • El reconocimiento y el impulso de la participación de otros agentes en el desarrollo de instrumentos o medidas que favorezcan el cumplimiento de los objetivos de esta norma.
  • El reconocimiento de la dimensión sectorial y territorial de las ayudas al empleo.

El equipo laboral y jurídico de Puigverd Assessors explica que “habrá que estudiar esta nueva normativa para entenderla y ver cómo afectará, a nivel laboral y jurídico, el proceso de contratación de nuevos empleados”. Además, añade que “como la entrada en vigor será a partir del 1 de septiembre de 2023, tenemos margen para explicar a nuestros clientes los detalles más específicos del nuevo Real Decreto Ley”.

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